Necesidad de mirada crítica sobre la jurisprudencia

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04 December 2018

PUESIESQUE … como ya empezaron las reuniones navideñas y de fin de año, y en las mismas asemeja que todos quieren hablar de lo que más le ha gustado y disgustado de este año, en una tertulia de este fin de semana, uno de los asistentes (lo extraño es que nadie lo conocía) empezó a comentar la famosa serie española que emitió Netflix este año, sobre el imaginario asalto a la fábrica de billetes, y cuando mencionó las máscaras de los asaltantes, recordé una acuarela de Dalí, lo que me motiva a reflexionar sobre la necesidad y oportunidad de una mirada crítica sobre la jurisprudencia.

Dalí hizo un interesante dibujo que es casi una reproducción del Moisés de Miguel Ángel, esa figura de un legislador y un juez hercúleo e intimidador, pero sobre el cual superpuso un ojo que llora: una sutil mirada —de la divinidad o del pueblo— sobre el juez.

Ese recuerdo me hizo pensar que actualmente existe una oportunidad histórica para que, ojalá, tanto la academia como políticos, gremiales, formadores de opinión, tanques de pensamiento, etc., inicien —en serio— una labor de crítica sobre la jurisprudencia nacional, sobre todo la constitucional.

Seamos francos… en El Salvador —salvo honrosas excepciones— apenas ha existido —al menos de modo generalizado y con la adecuada técnica— un análisis serio de la jurisprudencia constitucional, ya que, lamentablemente, predomina una lectura en clave política de las sentencias de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en la que además prima una visión maniquea de la justicia: “¿gané o perdí?”… “¿en qué me favorece o desfavorece esa sentencia?”… “esa decisión, ¿me “hace quedar bien” ante el electorado o ayuda a mi contrincante político?”.

Ya que estamos en confianza, sigamos en este ejercicio: el tribunal nacional más controversial en este siglo XXI fue la Sala de lo Constitucional (bueno, 4 integrantes) del período 2009-2018, pero a pesar de decisiones trascendentales, no existió ni existe un debate serio sobre la calidad de sus sentencias, sino que estas se condenan o celebran en lectura estrictamente política.

Veamos: desde 2010, por un lado, tanto el Órgano Ejecutivo, el Legislativo y el partido político “oficial” —y sus seguidores— se dedicaron a despotricar contra la Sala de lo Constitucional, lanzando improperios e insultos de toda clase, pero fueron incapaces de construir una crítica fundada contra sus decisiones (si les favorecía, callaban; si les incomodaba, los vituperios); y, por otro lado, desde el otro espectro político, una generalizada alabanza acrítica de las decisiones, siempre y cuando coincidiera con una determinada visión, así fuere que se vulneraran todas las nociones elementales de una práctica jurisdiccional razonable y prudente (por ejemplo, entre muchos aspectos: desprecio —a conveniencia— por la legalidad procesal; actuaciones de oficio; evidentes contradicciones; llamamiento arbitrario de suplentes; selección arbitraria de casos a decidir; desatención de los aspectos administrativos de la justicia; y… mmm… si me pongo en tono académico.. que mal se mira que un tribunal acuda a transcripciones de libros o jurisprudencia extranjera, ¡sin citarla!, como si fuere de su propia producción).

Por eso, el pedido —o reclamo ciudadano— para el gremio jurídico, esto es, universidades, tanques de pensamientos, ONG: es indispensable una visión crítica sobre la jurisprudencia, pero una crítica fundada, técnica, soportada.

Por eso es que NOSEACABUCHE esta historia… hay que estar atentos y vigilantes de la jurisprudencia de la nueva composición personal de la Sala de lo Constitucional.

P.D.: Ya empecé la playlist sobre candidatos y elecciones presidenciales… va de merengue a ópera, pasando por corridos y baladas… luego la paso.

Abogado constitucionalista