Los guardianes de las esencias

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29 October 2018

En los años ochenta del siglo pasado, en el debate sobre la confirmación de Robert Bork, nominado por Reagan para la Suprema Corte, se calcula que la movilización de los grupos sociales en favor y en contra de su ratificación por el Senado implicó un gasto total de 20 millones de dólares. La cifra refleja la amplitud del debate y la importancia que le dieron ciertos actores relevantes, pues algunos consideraban que las posiciones excesivamente conservadoras del candidato harían retroceder los derechos alcanzados en las décadas anteriores gracias a la jurisprudencia del dicho tribunal, mientras que otros, quienes eran parte de la ola conservadora que había llevado al poder al presidente proponente, consideraban que era necesario poner límites a la Suprema Corte.

Unos años después, cuando en 1990 el presidente Bush nominó a David Souter para dicho tribunal, el tema fue la nota principal de los periódicos más importantes del país, y el resultado final, su confirmación, fue primera plana del Chicago Tribune, mientras que la noticia del nombramiento del antecesor de Souter, en 1956 –William Brennan–, apenas llamó la atención del mismo periódico, quien publicó la nota en su sección 3, “debajo de las historietas”, como reseña Lawrence Baum.

La Suprema Corte estadounidense es hoy por hoy uno de los tribunales más influyentes del mundo, junto con el Tribunal Constitucional Federal alemán y la Corte Constitucional italiana, aunque no tiene una Sala especializada en su interior, y tampoco dispone de un proceso especialmente creado para la protección de los derechos constitucionales, llámese amparo, acción de tutela o de otra manera.

Sin embargo, es difícil creer que en los orígenes de la historia estadounidense se dieron casos de personas que rechazaron ser nombradas como jueces –incluso presidente–, por considerarla una institución carente de relevancia, o la abandonaron para hacer actividad puramente política, o incluso solicitaron pasar a un puesto judicial en un tribunal inferior.

Es generalmente reconocido el papel de su presidente John Marshall, a inicios del siglo XIX, para hacer que el tercer “departamento” del gobierno llegara a ser un órgano relevante, en condiciones de igualdad con el Legislativo y el Ejecutivo; y lo hizo sentando las bases jurisprudenciales para el control de constitucionalidad de las leyes, definiendo la distribución de competencias entre la federación y los estados, y sentando algunas reglas sobre interpretación de la constitución que aún son utilizadas, más de dos siglos después, por la academia y la jurisdicción.

La relevancia de un tribunal constitucional depende de las competencias que le asigna la propia Constitución, básicamente la protección de los derechos fundamentales y de los principios de la democracia y el Estado de Derecho; pero también depende de que sus titulares se tomen el cargo en serio, y estén conscientes del papel que desempeña la institución a la cual pertenecen.

Un amigo diplomático califica a los jueces constitucionales como “guardianes de las esencias de la democracia”, y en los países en que se ha consolidado la justicia constitucional, los ciudadanos en general saben de la relevancia para mantener el cumplimiento de la Ley Fundamental.

En El Salvador también los ciudadanos han ido adquiriendo cada vez más conciencia de esa relevancia, se involucran más en el análisis de la jurisprudencia, siendo orientados por la comunidad de especialistas; saben distinguir los pronunciamientos que implican avances en la democracia, de los que implican un retroceso; y en la actualidad se mantienen vigilantes de la Asamblea cumpla su papel de elegir a los más idóneos para esa importante tarea.

Solo corresponda esperar que los diputados también tomen conciencia de la importancia de la tarea que tienen entre manos.

Exmagistrado de la Sala de lo Constitucional de la

Corte Suprema de Justicia.