Los diputados de la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa acordaron ayer que ni el gobierno, ni la empresa privada, ni las alcaldías podrán despedir a una mujer durante los seis meses siguientes a la licencia por maternidad.
La ley vigente establece que tras un parto la empleada tiene derecho a cuatro meses de incapacidad con remuneración económica, por lo que los diputados acordaron ayer emitir dictamen favorable para que una vez que la madre se presente a su trabajo no sea destituida durante los seis meses posteriores.
Los patronos que incumplan con dicha medida se exponen a una sanción económica de entre 3 a 6 salarios mínimos del sector comercio, que implica un pago que ronda entre $912.51 a $1,825.02.
La decisión fue tomada por mayoría de los diputados que integran la comisión de Trabajo. El argumento de los legisladores es que con lo anterior se da cumplimiento al artículo 37 de la Constitución, que reza que el “trabajo es una función social, que goza de la protección del Estado y que no se considera artículo de comercio”.
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Para darle vida a esa disposición, los legisladores aprobaron reformas a tres cuerpos de ley. Modificaron el artículo 113 del Código de Trabajo; la Ley del Servicio Civil; y la Ley de Asueto, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos.
La iniciativa fue del FMLN y acuerpada por organizaciones que velan por los derechos de las mujeres como Ormusa (Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz), quienes ayer celebraron la decisión de los diputados. Sin embargo, recordaron que la petición era que el fuero postlicencia por maternidad fuera de un año.
“Este día (ayer) la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Asamblea Legislativa amplió el fuero maternal por seis meses, protegiendo la estabilidad laboral de las mujeres trabajadoras, por lo cual desde que comienza el estado de gravidez y hasta seis meses después de concluido el descanso postnatal, la trabajadora gozará de fuero laboral y el despido no producirá la terminación del contrato de trabajo; sus efectos no tendrán lugar sino hasta inmediatamente después de concluido los seis meses antes expresados”, publicaron en su cuenta de Facebook.
La idea de que se sancione con multa a los patronos que no acaten fue de la diputada del PCN, Eileen Romero. El monto lo estableció Wilfredo Guevara, de GANA.