La Sala de lo Constitucional resolvió la tarde del miércoles que los magistrados de las cuatro salas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no pueden beneficiarse con una bonificación cuando se retiren de manera voluntaria porque no están integrados a la carrera judicial.
En su sentencia, la Sala dice que, por el contrario, solo los jueces de Paz y de Primera Instancia, así como los magistrados de Segunda Instancia que cumplan con los requisitos de ley tienen derecho a ese beneficio.
La @SalaCnalSV estableció que solo los jueces de Paz y de Primera Instancia, así como los
magistrados de Cámara de Segunda instancia que cumplan con los requisitos en la ley, tienen derecho a la bonificación por retiro voluntario
— El Diario de Hoy (@EDHNoticias) May 23, 2018
En ese sentido, los magistrados por no estar integrados a la carrera judicial "carecen del derecho a la bonificación en referencia". Solo se exceptuará aquel magistrado que antes de ser electo como tal haya tenido una carrera judicial.
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La bonificación será calculada conforme al salario que devengaba el juez antes de llegar al cargo de magistrado de la CSJ, establecieron los magistrados.
La sentencia fue firmada por los magistrados de la Sala de lo Constitucional, Rodolfo González, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Florentín Meléndez.
Antes de esta disposición, ha habido magistrados que al retirarse han cobrado este beneficio, cuyos montos han sido arriba de los $30 mil. Entre los beneficiarios están el expresidente de la Corte, Agustín García Calderón, Victoria Marina de Avilés, Jorge Eduardo Tenorio y Mirna Antonieta Perla. Ellos han alegado años de servicio en el Órgano Judicial.