Una empresa supervisora de proyectos lleva 10 años esperando a que el Fondo de Conservación Vial (Fovial) le cancele $87,080.03 que le tiene “retenidos” tras haberle brindado servicios durante el contrato de supervisión del diseño y ejecución del mantenimiento periódico de la ruta CA02E Usulután-El Delirio.
En contraste, la entidad asegura que la compañía tiene obligaciones pendientes y que un Juzgado de lo Civil y una Cámara ya resolvieron que no se le puede pagar porque no cumplió el contrato.
El pacto fue suscrito cuando David Gutiérrez estaba al frente del Ministerio de Obras Públicas y presidía el Consejo directivo del Fovial. Gerson Martínez, quien asumió en 2009 y renunció en 2017, heredó el conflicto.
La apoderada general de la compañía, Rocío Hidalgo, sostiene que mientras Martínez dirigió la institución, la empresa intentó hallarle salida a lo que califica como una “decisión arbitraria” tomada por el consejo directivo del Fovial. La única respuesta que ha recibido, dice, es que no se puede hacer efectiva la liquidación porque aún tiene “obligaciones pendientes”.
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En reiteradas ocasiones, señala que ha pedido saber cuáles son esos compromisos pero el Fovial se niega a revelarlos. Según ella, si se le notifica, la empresa los asumirá.
“¿Cuáles son, dónde está la nota que le ha enviado a la empresa? No nos las dice porque no existen; solo es una estrategia para seguir dilatando y no pagar. Muchas instituciones de Gobierno tienen ese tipo de actuar”, reclama la abogada.
Hidalgo señala que el Fovial se ha negado a hacer la liquidación por escrito del contrato y eso va en detrimento de la empresa que representa, puesto que existen cantidades pendientes de pago que han sido retenidas de las partidas autorizadas para el desarrollo del proyecto.
La representante de la empresa asegura que intentó resolver el conflicto por arreglo directo pero no lo logró.
Por su parte, el Fovial alega que en la reunión que se hizo para llevar a cabo el arreglo directo, en noviembre de 2009, se le hizo saber a la empresa cuáles son las obligaciones incumplidas y que el representante de la empresa y la abogada firmaron el acta que se levantó en esa ocasión.
Entre los compromisos que faltan está la realización de ensayos de laboratorio sobre la calidad de la obra finalizada; la revisión y aprobación de la estimación final de los trabajos efectuados por la empresa constructora y las recomendaciones de pago, en las cuales la supervisora debe revisar y recomendar el pago presentado por el contratista, haciendo mediciones para comprobar el avance de la obra de acuerdo con el programa de trabajo del Fovial y el aseguramiento de la calidad.
Cristóbal Cuéllar, jefe de despacho del Fovial, manifiesta que no es cierto lo que Hidalgo denuncia. Él hace referencia a que en abril de 2017, el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil resolvió: “No se puede establecer en este momento si se debe o no una compensación en virtud que es necesaria la liquidación para determinar deudas, montos adeudados, obras o servicios recibidos a satisfacción, en consecuencia, se declarara no ha lugar todas las pretensiones”.
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“Ya la vencimos en todas las instancias habidas y por haber. El Juzgado dijo que no procedía el pago. Nosotros no podemos entregarle el dinero porque no es de nosotros, es del pueblo”, dice Cuéllar.
El problema
El contrato entre la empresa supervisora y el Fovial inició en marzo de 2007 y debía ser terminado en un plazo de 160 días. El proyecto fue dividido en fase A y B. La primera etapa consistió en hacer una supervisión del diseño a un monto de $24, 408.67. Esta se llevó a cabo con normalidad.
El problema ocurrió en la fase B, durante la supervisión de la ejecución, que costó $168,297.05. En esta etapa, el Fovial subdividió el proyecto en dos tramos: Usulután - Puente Pajaral y Puente Pajaral- El Delirio y se los asignó a dos empresas constructoras en contratos individuales.
La empresa responsable de ejecutar el subtramo Puente Pajaral- El Delirio, debió finalizarlo el 18 de agosto de 2007 pero incumplió con lo pactado. Esto, según la apoderada de la empresa supervisora, pese a que el Fovial le concedió prerrogativas en repetidas ocasiones, como el pago del anticipo del monto del contrato sin que hubiera justificado la inversión en el desarrollo del proyecto.
La compañía denunciante dice que, a través de documentos formales, advirtió al Fovial que la constructora no estaba cumpliendo con los tiempos para ejecutar la obra; que esta no reunía los estándares de calidad y que no estaba enviando los respaldos técnicos de los laboratorios sobre los controles de calidad de lo que se había ejecutado.
La constructora pidió una prórroga de 90 días y la entidad de gobierno se la concedió “sin estar legalmente justificada”, pasando sobre las recomendaciones que le hizo la empresa supervisora para que caducara el contrato.
“Se supone que somos los ojos de la institución , se le hicieron recomendaciones, tenemos notas con firma de recibido, donde se les dice que no le den la prórroga porque la constructora no va a poder cumplir”, dice Hidalgo.
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La compañía no terminó de ejecutar el proyecto y el Fovial hizo uso de las garantías para que una aseguradora lo terminara.
Hidalgo agrega que el Fovial tampoco le notificó a la constructora que alargó el plazo para ejecutar la obra. Otra denuncia que hace es que, a pesar que el contrato entre el Fovial y la supervisora sigue vigente, la institución contrató a una compañía similar para que hiciera el mismo trabajo.
“Contrataron una nueva supervisión para el mismo proyecto, dejando en el limbo jurídico el contrato de mi representada de forma anormal y anticipada, antes de que el proyecto se finalizara, sin existir un justificativo legal o contractual”, dice Hidalgo.
Según ella, en el acuerdo del consejo directivo donde dio prórroga de 90 días a la empresa constructora se redactó un párrafo donde dice que se decidió no pagarle a la empresa constructora. En este caso, según Hidalgo, la ley ampara al Fovial porque es una penalidad que la empresa debía asumir. El problema, señala, es que también concluyeron que tampoco había que pagarle a la firma supervisora.
“No pedimos prórroga, nuestro contrato se prorrogaba porque se estaba prorrogando la obra. ¿Cómo es eso que el consejo dijo: no se les va a pagar a ellos pero a ustedes tampoco? ¿Qué relación tenía el incumplimiento de la empresa constructora con nosotros como supervisión?”, cuestiona la abogada.
Lo que la empresa pide al Fovial es que le pague el 5 % de la liquidación, que son $23,981.38, porque insiste en que cumplió lo pactado y otorgó las garantías para tener por liquidado el proyecto; otros $34,690.50 por los 90 días que la empresa trabajó por la prórroga que se otorgó a la constructora y que le dé una compensación de $28,408 por pagos retrasados.
Cuéllar señala que una auditoría realizada por la Corte de Cuentas de la República estableció que había que liquidar el contrato de supervisión y para hacerlo también hay que hacer lo mismo con el de la empresa constructora, pero esto no se ha concretado porque hay un juicio pendiente, pues cuando la administración pasada le caducó el contrato por incumplimiento puso un recurso en la Corte Suprema de Justicia.
“Para liquidar la supervisión hay que liquidar también el de la construcción y ahí tenemos que concurrir los tres, y ellos no concurren al acto de liquidación. Hay cosas pendientes que tiene que hacer ellos y no han asumido la parte que les corresponde”, responde Cuéllar.