El art. 168 de la Constitución de la República establece que una de las atribuciones y obligaciones del Presidente de la República es dirigir las relaciones exteriores. En desarrollo a esta disposición constitucional, el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo señala que le compete al Ministerio de Relaciones Exteriores organizar y dirigir el servicio exterior e institucionalizar y profesionalizar al servicio diplomático de carrera.
La Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático (LOCD) es la que regula todo lo relativo a la carrera diplomática en El Salvador. Esta se aprobó el 5 de febrero de 1952, a iniciativa del Órgano Ejecutivo presidido por el Coronel Óscar Osorio. De forma casi inmediata desde su aprobación, la LOCD comenzó a sufrir reformas que buscaron clarificar algunas de sus disposiciones. Sin embargo, las reformas han sido parciales y superficiales, por lo que en la ley se detectan fácilmente importantes vacíos.
Por ejemplo, la LOCD sigue reconociendo figuras en desuso, tales como las legaciones, que quedaron prescritas luego de finalizada la Segunda Guerra Mundial. Además, los requisitos para ingresar a la carrera diplomática son obsoletos, por corresponder al contexto de la época en la que se aprobó la ley. Esto incluye el requisito de tener un título de bachillerato en Ciencias y Letras o de Profesor Normalista, lo cual ya no se imparte por el Ministerio de Educación, y los excesivos privilegios que se otorgan a quienes acreditan estudios de licenciatura. Por estos y otro motivos, la LOCD no establece criterios de idoneidad efectivos, lo cual dificulta hacer un buen proceso de selección y exclusión de los aspirantes a la carrera diplomática.
Adicionalmente, el ingreso a la carrera está reservado únicamente para funcionarios y empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que otros ciudadanos, con igual o mayor capacidad, no podemos concursar.
En cuanto al régimen disciplinario, la LOCD no específica exhaustivamente qué faltas conllevan como sanción la suspensión y cuáles la destitución. Igualmente, la ley contempla ciertas prohibiciones que ameritan un mayor análisis de tipo constitucional, como la prohibición de contraer matrimonio con personas extranjeras, sin haber obtenido permiso del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Asimismo, la LOCD deja por fuera aspectos esenciales para la institucionalidad y el fortalecimiento de la carrera diplomática, tales como la rotación en el servicio, por lo que se ha mencionado del caso de algunos exembajadores que, por haber estado tantos años fuera del país, llegaron a perder el acento salvadoreño y adoptaron un acento extranjero.
Por si fuera poco, la más reciente reforma a la LOCD, realizada en 2009, lejos de modernizar la ley y fortalecer la carrera diplomática, estableció un régimen de ingreso inequitativo que permite a ciertos diplomáticos mantenerse en situación de disponibilidad por un tiempo indefinido, mientras que a otros diplomáticos únicamente se les permite estar en disponibilidad por un período máximo de cuatro años, luego de lo cual deben pasar forzosamente a situación de retiro.
En fin, puede afirmarse que la LOCD contiene múltiples vacíos que afectan directamente la correcta organización, institucionalización y profesionalización de los diplomáticos de carrera salvadoreños.
Según datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, solamente nueve de un total de cuarenta y un embajadores que El Salvador tiene acreditados ante gobiernos y misiones en el extranjero pertenecen formalmente a la carrera diplomática, lo cual significa que aproximadamente el setenta y ocho por ciento de nuestros embajadores no han sido formados en la carrera diplomática.
Si verdaderamente se procura que El Salvador obtenga, a través de la diplomacia, mejores oportunidades de cooperación, inversión y comercio, el Ministerio de Relaciones Exteriores debería emprender un esfuerzo serio por analizar e impulsar una reforma integral que permita fortalecer la carrera diplomática. Otorgar títulos diplomáticos a personas que no reúnan los requisitos ni las condiciones para representar nuestros intereses en el extranjero no abona a ese propósito.
*Abogado y colaborador de El Diario de Hoy. @Arevalo_Rengifo