Una de las obligaciones más trascendentales que tendrá la legislatura 2018-2021, que será elegida el próximo 4 de marzo, será la elección de cuatro magistrados de los cinco que integran la Sala de lo Constitucional -el tribunal responsable de hacer cumplir la Constitución que fue aprobada este día, 15 de diciembre, hace 34 años.
Los magistrados de esta Sala tienen a su cargo decidir si una ley o actuación viola la Constitución y su mandato dura nueve años. De su trabajo depende que los otros órganos del Estado, como el Legislativo y el Ejecutivo, no abusen del poder en perjuicio de los derechos de las personas. Es decir, la decisión de 2018 tendrá repercusiones sustanciales en la vida de los salvadoreños, al menos, hasta 2027.
El proceso de elección
Desde las reformas constitucionales de 1991, introducidas para cumplir con el Acuerdo de Paz firmado en 1992, el proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia tiene tres actores centrales.
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La lista se completa de la siguiente forma. Quince candidatos son elegidos a través del voto de los abogados, cuyas asociaciones tienen la posibilidad de nominar aspirantes para competir en estos comicios. Los otros 15 candidatos provienen del CNJ, una institución cuyos titulares son elegidos por la Asamblea Legislativa y que recién han aprobado un manual para transparentar el proceso de elección de candidatos a magistrado e incluir mecanismos que premien la idoneidad. De acuerdo a la Constitución, los magistrados deben ser personas con “moralidad y competencias notorias”.
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Los cinco compromisos
El proceso de elección ocurre en el contexto electoral, cercano a las elecciones legislativas de 2018. De ahí que el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), una de las asociaciones de abogados más visibles en el proceso, ha planteado cinco compromisos para identificar las posturas de los siguientes candidatos a diputados.
En los siguientes dos meses, el CEJ preguntará a los candidatos a diputados si están dispuestos a elegir magistrados sin retrasos, sin secretismos, sin cuotas político partidarias, sin traslados de magistrados de otras salas de la Corte a la Sala de lo Constitucional -lo cual violaría varias sentencias de esa Sala- y sin “reciclajes injustificados” de funcionarios del Órgano Judicial.