La Sala de lo Constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa que legisle para que haga cumplir una obligación para los patronos, establecida en la Constitución de la República de 1983, de establecer salas cunas y lugares de custodio para los niños de los trabajadores.
Los magistrados por unanimidad, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Celina Escolán, votaron para que los diputados aprueben a más tardar el 31 de mayo del otro año una legislación especial que incluya las condiciones ambientales y de seguridad que deben cumplir las salas cunas y los lugares de custodia de los hijos de los trabajadores.
En su análisis que fue firmada por los magistrados de la Sala de lo Constitucional el viernes pasado, fue dada a conocer este martes, establecen que los diputados hna incurrido en "omisión" al no haber implementado a la fecha, una ley que regule la instalación y mantenimiento de salas cuna y lugares de custodia para los hijos de los
trabajadores, mandato establecido desde 1983 por el artículo 42 inciso 2 de la Constitución.