Crece presión contra límites para acceder a informes oficiales

En resolución de seguimiento a la negación de información de los viajes de Funes, la Sala emitió ciertos lineamientos restrictivos.

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Foto/ Archivo

Por El Diario de Hoy

08 November 2017

El abogado Salvador Enrique Anaya pidió ayer a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que revoque disposiciones que propician la limitación del derecho de acceso a la información pública.

Anaya informó que presentó ayer un recurso de revocatoria contra tres criterios que establece la Sala que, aunque no se aplican de modo general y obligatorio por tratarse de un amparo particular, sientan lo que consideró “un precedente errado”.

Diversas organizaciones han denunciado que una resolución del máximo tribunal pone límites a la entrega de lo que considera información superflua, lo cual es un concepto subjetivo y permite una amplia discrecionalidad a los funcionarios requeridos para negarse a entregarla.

Otro hecho que se presta a arbitrariedades es el criterio de no dar información en instituciones sobre hechos que no tuvieron lugar en presencia de sus actuales titulares.

Además limita la entrega de información aduciendo hechos que denoten un interés deliberado en neutralizar u obstaculizar el desarrollo normal de las instituciones.

“En realidad, lo que se hace en la resolución del 23 de octubre de 2017 (en torno a los viajes del expresidente Mauricio Funes) es negar el núcleo esencial de tal derecho humano, fundamental y constitucional, al despojarle de su calidad de derecho ciudadano y convertirlo en una deferencia de las autoridades y funcionarios estatales”, reza parte del escrito.

El abogado Anaya explicó a este Diario que los criterios que ha establecido la Sala al derecho de acceso a la información pública están en frontal contradicción con la Constitución, con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con las opiniones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y jurisprudencia de la misma Sala.

Según Anaya, esos criterios no están previstos en ley alguna, ni tampoco sirven para la protección de derecho, interés, o valor constitucional alguno, por lo que es necesario modificar el “precedente errado” que se ha sentado.

De acuerdo con la recusación “con los apócrifos motivos creados por esa Sala, lo que hace es negar o despojar a la ciudadanía de tal titularidad y, en su lugar, conferírsela al funcionario público, dado que será este quien determine, a priori, si la información solicitada es superflua y calificará el interés o motivación del solicitante de la información”.

Anaya incluso ejemplifica que si estos lineamientos dispuestos por la Sala hubieran existido hace unos años, “no habría sido posible el acceso a información relativa a los gastos en obras de arte, regalos navideños y bebidas en que la Asamblea Legislativa incurrió en 2012”.