El diputado René Portillo Cuadra, de ARENA, propuso una reforma al artículo 119 del Código Electoral para que los donantes de partidos políticos no sean tomados en cuenta a la hora de formar los organismos temporales electorales, independientemente del monto otorgado a un instituto político.
Las instancias temporales que se forman para las elecciones son las Juntas Electorales Departamentales, Municipales y las Juntas Receptoras de Votos. En todas estas no podrán haber donantes de partidos, según lo planteado por Portillo Cuadra.
Agregó que su petición se da en cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Constitucional, que ordenó que ningún afiliado o con vínculos partidarios integrarán los organismos temporales electorales.
"En consecuencia que una persona es donante de un partido tiene un vínculo directo con el partido", afirmó el legislador tricolor.
Para cumplir con lo anterior, Portillo Cuadra sostuvo que se tiene que sacar de los listados que los partidos envíen al Tribunal Supremo Electoral (TSE), aquellas personas que se identifican como donantes partidarios, ya sea con un descuento al salario, que sus donaciones sean voluntarias o aportes en especies. "Cualquier tipo de aporte que realicen no pueden ser miembros de las JRV", dijo.