El fuero no debe ser sinónimo de impunidad

Mi propuesta es eliminar el privilegio cuando un funcionario es señalado del cometimiento de delitos comunes.

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Por Mirna Navarrete

26 October 2017

Hace unas semanas presenté, con el apoyo de otros colegas de mi fracción, la propuesta de reforma a los artículos 236 y 238 de la Constitución de la República para eliminar el fuero constitucional a diputados y otros funcionarios públicos que gozan de este privilegio por la comisión de delitos comunes.

La reacción de la sociedad civil y la de críticos a la propuesta fue casi inmediata.

La mayoría de salvadoreños consultados por medios de comunicación o a través de las redes sociales se manifestó a favor de la eliminación de este privilegio; otros aseguran que es una propuesta populista y sin futuro. A los últimos solo les respondo: sería más fácil para mí sentarme en la curul y cruzarme de brazos esperando apoyar las propuestas que me traen rédito político y no exponerme a las críticas, pero no es ese el compromiso que asumí.

A los salvadoreños que están hartos del abuso y corrupción les expongo mis propuestas, entre ellas la eliminación del fuero, una figura que se constituyó como protección para guardar de responsabilidad a diputados y otros funcionarios públicos por las opiniones que emiten o para protegerlos de persecución política, no para dar impunidad en delitos comunes que nada tienen que ver con el cargo que se tiene.

Con el paso del tiempo este espíritu por el que nació el fuero se ha ido deformando y el privilegio se convierte en impunidad.

No es un tema exclusivo de El Salvador, en todos los países del mundo hay funcionarios en todos los niveles que se amparan en el fuero para evadir responsabilidad o posibles conductas delictivas.

Mi propuesta es eliminar el privilegio cuando un funcionario es señalado de la comisión de delitos comunes. Si pudiéramos aprobarlo estaríamos desincentivando a malos salvadoreños a buscar un cargo de elección popular, o como funcionario cubierto con este, a fin de resguardarse de un proceso penal.

Por ahora, si la Fiscalía considera que un funcionario con fuero ha cometido un delito común no puede iniciar un proceso judicial de inmediato, tiene que llevar el caso a la Asamblea Legislativa que decidirá -con el aval de al menos 43 diputados- si amerita ir a tribunales.

En la práctica lo que se hace es seguir un juicio político y como tal, los diputados solo deberíamos conocer casos que ameriten “criterio político”.

Por ahora, necesitamos de 43 votos para introducir este acuerdo de reforma constitucional y la próxima Legislatura tendrá la responsabilidad de ratificarla.

Si alcanzara la voluntad política para aprobar las reformas en esta Legislatura y ratificarlas en la próxima, a mediano plazo podremos asegurar que ser diputado, ministro o diplomático no impedirá que un narcotraficante, terrorista o violador sea procesado y condenado en juicio.

*Diputada.