Los tributos, impuestos o cargas fiscales -como quieras que los llames- no son antojadizos, son una necesidad, ya que los gobiernos los requieren para cumplir su función esencial y razón de ser: brindar a sus gobernados, beneficios de naturaleza pública, tales como salud, educación, seguridad, invertir en infraestructura pública así como para realizar gastos o inversiones para beneficio público que el sector privado no realizaría por su baja o nula rentabilidad.
No obstante lo anterior, contrario a lo que puede que crean algunos políticos, los fondos públicos no son patrimonio de ningún funcionario ni de ningún partido político, son del pueblo; por tanto, debe existir un estricto control sobre el uso, manejo y finalidad de los mismos, caso contrario, las consecuencias pueden ser desastrosas para la nación, sino miremos la agobiante situación fiscal de nuestro país o la extrema situación económica de la sufrida Venezuela: rica en petróleo y diversos recursos naturales, ahora sumida en el caos y la pobreza, por el despilfarro a la que por años la sometió su mesiánico presidente, así como su incapaz y místico suplente, quienes confundieron los fondos públicos, con sus chequeras personales.
Así las cosas, me permito brindar una guía para portarse bien… fiscalmente hablando:
Lo primero: Presupuesto. El presupuesto nacional debe estar balanceado. Los gastos corrientes deben de estar cubiertos 100 % con ingresos corrientes, es decir con impuestos, tasas, contribuciones especiales o donaciones. Las inversiones públicas pueden ser cubiertas con ingresos corrientes o con préstamos. Debería estar prohibido que el gasto corriente (salarios, subsidios, pensiones, etc) se pague con préstamos (créditos internacionales, Letes, etc).
Segundo: Proyectos. Ningún proyecto estatal, sea un puerto, una hospital o una presa hidroeléctrica –solo por citar unos ejemplos-, deberían ser aprobados si no existe un claro, profesional e imparcial estudio que revele no solo su viabilidad técnica, sino también su costo/beneficio, en donde quede reflejado claramente que los beneficios (económicos o sociales) superan los costos involucrados. Los resultados del estudio deberían ser públicos. Si se hubiera hecho esto, no tuviéramos ni el Puerto de La Unión ni el hoyo de El Chaparral, solo por citar un par de fatídicos ejemplos.
Tercero: Gastos del gobierno. Los gastos del gobierno no pueden ser ni discrecionales ni aleatorios. El gobierno no podrá gastar en partidas que no estén contenidas en el presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa o respaldadas por una ley específica. Cada gasto aprobado deberá contar con una fuente especifica de fondos que le permita su sostenimiento. No se desembolsará ningún dinero si no existe una provisión acertada para su reembolso; o en caso de que no existe posibilidad de reembolso (como una calle rural por ejemplo), el gasto o inversión de capital de que se trate, deberá estar respaldado por un beneficio social comprobable.
Cuarto: Deuda pública. No se permitirá en el futuro mayor endeudamiento del país, y de permitirse para un fin específico, la deuda pública total tendrá un limite establecido por ley, del cual no se podrá sobrepasar no importando cuan importante o loable sea el destino de los fondos. Las deudas contraídas se pagarán escrupulosamente en los términos convenidos; en caso de que se prevea que no se puede cumplir, con suficiente tiempo de anticipación se contactará a los acreedores para negociar las condiciones o se liquidarán activos nacionales para poder cumplir con las obligaciones contraídas.
Quinto: Estructura fiscal simple. El cumplimiento de las obligaciones fiscales será simple, con tasas bajas y sin burocracia, de tal forma que todos los contribuyentes las entiendan y las puedan cumplir, incluyendo al sector informal a quien se le brindarán todas las facilidades para formalizarse. Los impuestos se rebajarán en número (y de ser posible en tasa), quedando la menor cantidad de tributos dispersos, para que los contribuyentes puedan cumplirlos sin necesidad de dedicar mayores recursos administrativos privados a su cumplimiento, ejecución y control. Las auditorías a un contribuyente en específico deberán estar justificadas.
Y, bueno, acá les dejo la guía que ya ha sido aplicada y probada por las naciones más desarrolladas y solventes del mundo. Quien tenga oídos, que oiga.
*Abogado, máster en leyes.
@MaxMojica