Contradictio in terminis es regular la autorregulación de la prensa

La clase política quiere regular la autorregulación de la prensa; con ello se abre la puerta para romper principios esenciales de la libertad de expresión y de información e imponer la voluntad del poder instituido.

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Por Elizabeth Castro

15 July 2017

El Secretario de la Comisión de Seguridad Pública y Combate a la Narcoactividad de la Asamblea Legislativa me envió esta semana una convocatoria para asistir a una reunión con los diputados de esta comisión quienes estudian el proyecto de Ley del Sistema Nacional de Prevención de la Violencia.

En la invitación se me pide que rinda opinión sobre el proyecto de ley, especialmente el artículo 30 que hace referencia a la “autorregulación” en los medios de comunicación social; el artículo en referencia dice textualmente: “Los medios de comunicación, deberán contribuir en la promoción de la prevención de la violencia, la convivencia y la cultura de paz en la población, procurando la autorregulación ética de la información y contenidos no violentos, para no afectar la salud mental de la población, sin perjuicio del respeto a la libertad de expresión, de prensa y de información”.

La cita es para el martes 18 del presente mes, desde las 9.15 de la mañana; de antemano hago público que declino asistir a la reunión, no solo porque a esa hora tengo compromisos previos, sino porque la clase política quiere “regular la autorregulación” en la práctica informativa de los periodistas, claramente se hace uso de la alocución latina “contradictio in terminis”.

Los diccionarios, cualquiera que revisen en físico o por internet, nos explica que contradictio in terminis es una “contradicción en los términos, se usa de una forma consciente y voluntaria con la intención de exaltar resultado retórico; esta contracción o contrariedad entre términos suele denominarse oxímoron… que no es otra cosa que la figura lógica que consiste en usar dos conceptos de significado opuesto en una sola expresión, que genera un tercer concepto”.

Esta figura retórica fuerza al lector, señalan los diccionarios, a comprender el sentido metafórico, por ejemplo, cuando decimos “un instante eterno” que resalta la intensidad de lo vivido durante su transcurso y hace perder la noción del tiempo; “hacer tripas corazón”, se hace un gran esfuerzo para disimular el miedo y se sobrepone a la inseguridad a pesar del temor interior. Semejante es cuando se dice “muerto viviente” que no es otra cosa que resaltar el dolor de una persona, por ejemplo, ante la pérdida de un ser querido.

En este contexto, ¿puede una ley regular la autorregulación de la práctica periodística?; simplemente NO… o se regula o se autorregula, pero no ambas, mucho menos a la vez, excepto que la nueva legislación usa estos términos realmente para regular, coartar la libertad de expresión e información haciendo ver que es “autorregulación” y que se respeta la libertad de expresión, de prensa e información.

Además, y esto también es grave, la clase política no puede darle una función específica a la labor de la prensa, aunque estos tengan objetivos loables e incluso buenos y positivos como lo es fomentar una cultura de paz; la tarea fundamental de la prensa es informar a la población, dar los elementos necesarios para que los ciudadanos puedan no solo entender lo que sucede a su alrededor sino hacerse un juicio, que por lo general conlleva una acción.

Si bien es cierto, entre otras funciones la prensa tiene por tarea educar y entretener, y en cuanto tal puede y debe sumarse a movimientos que defiendan por ejemplo la vida, la naturaleza o la tolerancia política, lo esencial como institución de la sociedad es informar y formar la mente y los corazones de la población. Su tarea fundamental es recoger los datos de la realidad, ordenarlos y ponerlos entendibles a los diferentes públicos, con la intención que la ciudadanía esté informada de lo que sucede a su alrededor.

Ahora bien, la esencia del quehacer periodístico tiene normas y reglas en su accionar informativo operativo, en su metodología, esto es que el periodista, además de tener y saber manejar adecuadamente las herramientas sociales de investigación, escritura y demás fierros para usar las diferentes plataformas donde explayar la información noticiosa, tiene reglas específicas del debido proceso, estas son entre otras, el uso de fuentes, contrastar la información, verificar los datos… por si fuera poco, además la práctica periodística requiere el uso y manejo de principios éticos como son la búsqueda de la verdad, el respeto de la persona, reguardar la intimidad y el dolor de las víctimas…

Estos elementos por lo general forman parte del proceso de autorregulación que los periodistas llevan a cabo al hacer información; resumo, el uso adecuado de herramientas sociales de investigación, principios claros y definidos para cumplir el debido proceso informativo y todo esto enmarcado en claros y definidos principios éticos.

Puede ser que la nueva legislación del Sistema Nacional de Prevención de la Violencia tenga buenas intenciones, incluso que tenga puntos interesantes como involucrar a todos los sectores en la creación de una cultura de paz o enfrentar el tema de la violencia de manera integral y como un proceso de mediano y largo plazo, sin embargo, está fuera de lugar, de contexto, el querer regular la autorregulación de la práctica periodística.

*Editor Jefe de El Diario de Hoy.

ricardo.chacon@eldiariodehoy.com