Diputado López Cardoza fue exonerado de enriquecimiento ilícito

La Cámara Segunda de lo Civil concluyó que la riqueza del diputado por Chalatenango es fruto de “las excesivas prestaciones económicas” que obtiene de su cargo

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El funcionario saluda a las personas que lo apoyan afuera de la Cámara Segundo de lo Civil.

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03 March 2017

Tras exonerar de cargos por enriquecimiento ilícito, las magistradas Margarita  Romagoza y Concepción Alvarez resolvieron en su fallo que  el origen de los bienes del diputado Reynaldo López Cardoza se sustentan en las “excesivas prestaciones económicas que le ha brindado el cargo de diputado”.

Así la Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador resolvió que no existen pruebas que demuestren que López Cardoza, se enriqueció ilícitamente en el ejercicio de sus funciones durante los dos periodos en la Asamblea Legislativa (entre los años 2009 y 2015) como fue acusado por la Fiscalía General.

Quien no se libró de este ilícito fue su esposa, Alma Yaneth Gutiérrez de López a quien la Cámara le ordenó devolver al Estado $78 mil, al no encontrar evidencias del origen lícito de sus bienes.

La audiencia para darle lectura a la resolución se realizó en ausencia del directivo de la Asamblea Legislativa quien según sus abogados no acudió por recomendación de ellos, pues supuestamente mostraba cierto grado de estrés.

La Cámara  determinó que el patrimonio que López Cardoza  ha acumulado es el fruto de los jugosos ingresos que  en seis años obtuvo como diputado (ver tabla de ingresos). El rubro de transporte y comunicación no fue tomado en cuenta para efectos del proceso civil contra el diputado  por “tener un fin específico”.

Consta en la resolución que además de los ingresos como diputado, López Cardoza tenía otras fuentes de ingreso como  venta de vehículos, aceptación de herencias y arrendamiento, “que le permitieron  realizar mejoras en inmuebles  de su propiedad, ingresos que no fueron desvirtuados con la prueba aportada por  la Fiscalía”.

“Por lo que no es posible  para este tribunal  que exista un incremento injustificado, por haberse probado que son ingresos provenientes de actividades lícitas y justificadas en el patrimonio  del demandado”.

Las magistradas afirman que ha quedado demostrado con el peritaje que el demandado después de realizar sus gastos de vida, compra de inmuebles y muebles, así como pagar deudas anticipadas al cargo de diputado, aún “le sobra una suma exhorbitante de dinero”.

Frente  a ese panorama, la Cámara Segunda de lo Civil resolvió que no tiene nada restituirle al Estado, ni a que se le inhabilite de ejercer cargo público en los siguientes diez años y queda  en su derecho de ejercer  la acción de daños y perjuicios que le hubieren  ocasionado por este proceso judicial.

 

Fiscalía en desacuerdo con fallo

Pero la Fiscalía no está de acuerdo con la resolución de la Cámara Segunda de lo Civil y advierte que la apelará ante la Corte Suprema de Justicia. (Ver nota aparte).

En el caso de su esposa Alma Yaneth, las magistradas concluyeron que “no ha justificado  el origen de los fondos que le permitieron adquirir el inmueble con matrícula 4002371-00000 ubicado en El Barrio Concepción, Avenida René Figueroa, en Dulce Nombre de María, Chalatenango, valorado en $28 mil”.

De López tampoco ha podido  justificar el incremento de las cuentas  de ahorro y depósito a plazo fijo, compra de vehículos, ni viajes realizados, “por lo que  se ha establecido que su patrimonio es ostensiblemente superior”.

“Por lo que se deberá declararse la existencia de enriquecimiento sin justa causa, por lo que se condena a devolver al Estado 50 mil  dólares.

En ese sentido, la cámara declara “ha lugar” -se dan las condiciones- de enriquecimiento sin causa justificada de la señora Alma Yaneth Gutiérrez de López.