La Superintendencia de Competencia ante los tribunales

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23 noviembre 2014

En el Informe de Resultados 2009-2014 la Superintendencia de Competencia expresó: "La mayoría de los sancionados recurren a la CSJ para impugnar las decisiones de la no pueda ser fiscalizado por la autoridad jurisdiccional creada para tal efecto, interpretación que desde todo punto de vista es contraria a la concepción del Estado de Derecho que debe de imperar en un Estado democrático" (interlocutoria del 1/XII/2009, ref. 334-2008).

Eso es balance de poderes. Podrá ser incomodo para la autoridad someter sus actuaciones a la revisión de un tercero. Pero eso no significa que esto suponga un obstáculo a la defensa de la competencia ni al bienestar de los consumidores. En absoluto. Es simplemente el Estado de Derecho en movimiento.

Las autoridades de competencia no son infalibles. Pueden equivocarse. Y en esos errores se pueden afectar derechos de los administrados. De ahí que la revisión judicial de las decisiones de la superintendencia -en sede constitucional o contencioso administrativa- es la oportunidad para verificar si se cometieron vicios de ilegalidad o inconstitucionalidad, y repararlos.

La propia experiencia de la Superintendencia de Competencia puede serle útil a esta para cambiarle ese paradigma respecto al control judicial. Cuando esa institución se ha enfrentado a sentencias adversas en la Sala de lo Contencioso Administrativo, lo que ha hecho es demandar a esta ante la Sala de lo Constitucional. Pues así como es legítimo que la superintendencia utilice los canales judiciales para reclamar contra la Sala de lo Contencioso Administrativo, de igual modo es legítimo que los gobernados impugnen las decisiones de la propia superintendencia.

Debemos ver con naturalidad que los ciudadanos demanden a las autoridades cuando consideren que estas han violado la ley. Nada malo hay en ello. Esto no debe avergonzar a los ciudadanos, ni debe ser objeto de reproche por parte de los funcionarios. Reconocer la legitimidad de esa práctica es una forma de respetar a los ciudadanos y a las salas de lo Contencioso Administrativo y de lo Constitucional.

*Especialista en Derecho de Competencia.

dolmedo@espinolaw.com

@dolmedosanchez