Exdirector ISSS obtuvo $516 mil más que sus ingresos

Leonel Flores Sosa fue titular de la autónoma por tres años y cuatro meses.

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Leonel Flores Sosa

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15 January 2017

Leonel Flores Sosa, exdirector del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), estuvo frente a la autónoma tres años y cuatro meses: del 1 de enero de 2011 al 31 de mayo de 2014. Tiempo en el que  él y su esposa, Denisse Karina de Flores, se enriquecieron ilícitamente con $812,740.62, tal como lo estableció en diciembre pasado la Cámara Segunda de lo Civil.

La Cámara en la sentencia emitida, explica cómo el exfuncionario incrementó su patrimonio y obtuvo $516,405.77 más que los ingresos familiares percibidos. 

Los mismos, según constató el tribunal superior con las pruebas que vertieron las partes del proceso, fueron de $296,334.85.

Esta cantidad se deriva de los salarios del ISSS, que reflejaron $282,969.96. Mientras que transferencias de dinero enviado desde una entidad financiera de Estados Unidos al exfuncionario sumaron $3,985.00. Más otros ingresos por $392.29 que determinó la auditoría financiera solicitada por Fiscalía y fue aprobada por el tribunal.

A ello hay que agregar que al inicio de sus funciones, Flores Sosa, de acuerdo con las investigaciones, tenía depósitos en cuatro cuentas bancarias que sumaron $8,987.60.

En la declaración patrimonial antes de ejercer el cargo de director del ISSS, el exfuncionario reportó que tenía activos por $410,895.41 y ningún tipo de pasivos.

En cambio, al terminar su período, incrementó sus activos por $274,296.31, tras declarar que tenía $685,191.72. Para entonces ya tenía pasivos, que eran de $471,188.96.

Los demandados intentaron justificar ante la Cámara el dinero de activos. Señalaron que este surgió de la transferencia de $3,500, entre 2011 y 2014, que realizó el señor José Elías Hernández Alemán a la esposa de Flores Sosa.

Para ello presentaron una declaración jurada con fecha del 10 de marzo de 2016, pero el tribunal no lo admitió porque justificó que el documento solo constituía un indicio de prueba y no daba fe de la verdad de los hechos.

Otro de los alegatos del exfuncionario y su esposa fue que ella recibió el 7 de mayo de 2013 un reintegro  de $47,000 que había prestado al señor  Tomás de Jesús Flores. Lo cual no fue dado por válido por la Cámara, ya que determinó a través del Ministerio de Hacienda, que De Flores no percibía ingresos, por lo tanto la cantidad era considera injustificada.

Además, Flores Sosa dijo ante la sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que había recibido ingresos por trabajos realizados en Estados Unidos, y que los gastos realizados en ese país fueron absorbidos por los ingresos en el mismo, y  no ingresaron a cuentas de El Salvador; sin embargo, la Cámara demostró que los activos y pasivos representan fechas anteriores al cargo de director del ISSS. 

Gastos familiares sumaron $641,549.84

A pesar de los ingresos de $296,334.85, el tribunal determinó, con los elementos de prueba en el proceso, que Flores Sosa durante el tiempo que fue funcionario público tuvo gastos familiares de  $641,549.84.

El dinero fue invertido en pago de un préstamo hipotecario por $131,483.74, el pago de una tarjeta de crédito por $185,631.39, el descuento de la renta y AFP, que según Recursos Humanos del ISSS, fue de $76,818.58.

Asimismo del pago de una escuela privada por $40,248.60, el pago de una aseguradora por $5,085.20, el envío de transferencias por $148,036.75, y otros gastos que suman $54,245.58.

“Se ha acreditado que existe un salgo negativo de $345,214.99; concluyéndose que en el período fiscalizado, los demandados gastaron más que lo percibido, sin haberse establecido otros gastos de vida, alimentos y otros”, establece la sentencia de la Cámara en poder de El Diario de Hoy

Otro de los puntos que los demandados no justificaron en el tribunal superior fue la compra de un Mercedes Benz y Mini Cooper S. El primero por un monto de $60,000 y el segundo por $15,000.

Flores Sosa, para desvanecer este señalamiento, presentó un documento privado autenticado de reconocimiento de obligación, con fecha del 30 de agosto de 2011, en el que manifestó haber recibido $75,000 de la señora Inés del Carmen Ábrego Sánchez. 

La documentación no fue aceptada porque su fecha no coincidía con las fechas de adquisición de los vehículos, ya que según el informe remitido por el Registro Público de Vehículo Automotores, el Mercedes Benz fue adquirido el 18 de mayo de 2011 y  el Mini Cooper S, el 5 de julio de 2013.

La Cámara también encontró contradicciones en los alegatos brindados por la defensa de los demandados, que aseguraron que el pago del Mini Cooper S fue por plazos, cuando el contrato de compraventa establecía que Flores Sosa recibió el dinero en efectivo. 

“De igual forma, no existe otro medio de prueba (como transferencias bancarias, título valores, testimonio, etc.) que permita a esta Cámara vincular los actos jurídicos en comento”, manifestó el tribunal.

$420,214 no justificados y sumando

Con los gastos familiares no justificados y el dinero que Flores Sosa dijo haber recibido para comprar los dos vehículos, hay un total de $420,214.99, pero la cantidad aumenta con los depósitos por $392,525.53 que los demandados realizaron en cinco cuentas bancarias. 

 La Cámara, para emitir la sentencia, realizó un desglose de las cantidades de dinero que había en dichas cuentas, partiendo de los informes bancarios.

En una entidad los demandados tenían dos cuentas, en una de ahorro depositaron $28,000, y en la otra corriente, $135,587.19, lo que hace una suma de $164,387.19.

Otro banco reportó que una cuenta corriente habían sido depositados $162,598.44. 

Y otra entidad financiera, detalló que en una cuenta a nombre de Flores Sosa se habían realizado depósitos por $5,000, y en la cuenta a nombre de su esposa, por $60,540, sumando $65,540.

Los depósitos, según el tribunal, fueron realizados en su mayoría por tres exempleados del ISSS que estaban bajo dependencia de Flores Sosa. Ellos fueron testigos en el juicio civil. 

Cuando el exfuncionario fue enviado a juicio civil, en noviembre de 2015, la Sección de Probidad de la CSJ señaló que el exdirector del ISSS no había reportado la existencia de cuatro cuentas, tres a su nombre y una a nombre de su esposa. 

En cambio, otras 10 le fueron congeladas como medida preventiva del proceso. 

La Cámara concluyó que la sumatoria del dinero no justificado por la cual Flores Sosa y su esposa debían ser culpados de enriquecimiento ilícito era de $812,740.62.

Aunque en la etapa administrativa la Corte y la Fiscalía cuestionaban el origen de los fondos con que el exfuncionario había adquirido una casa en la colonia Escalón, la Cámara estableció después de los análisis que la compra del inmueble sí había sido justificada, ya que los fondos para su obtención fueron proporcionados por el Banco Hipotecario.