La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó la demanda que buscaba constituir legalmente el matrimonio de personas del mismo sexo, ya sea hombres o mujeres.
Herbert Danilo Vega Cruz pidió a los constitucionalistas que declarare ilegal el artículo 11 del Código de Familia por la supuesta violación a los principios personalista y de seguridad jurídica, libertad sexual y al “matrimonio”.
Los magistrados luego de un proceso de estudio concluyeron que "la pretensión planteada por el actor debe declararse improcedente y, por tanto, la demanda debe rechazarse".
Sin embargo, en la cuenta oficial de Twitter de la Sala, se aclaró que aún faltan otras demandas del mismo tema que analizar.
Cabe señalar que sobre matrimonio igualitario y elección de consejales del CNJ existen varias demandas pendientes de ser analizadas.
— Sala de lo Cnal. (@SalaCnalSV) 20 de diciembre de 2016
La disposición legal fue cuestionada porque no permite que las personas que pertenecen al mismo género sexual puedan legalizar sus relaciones sentimentales mediante el matrimonio ni puedan conformar una familia.
Esto indica que el peticionario ha atribuido a todas las disposiciones constitucionales que propone como parámetro de control un mismo significado —es decir, que todas ellas, pero en forma individual, imponen un mandato de regular las relaciones homosexuales y, además, de prever el derecho de homosexuales para conformar una familia—, que es el que precisamente sería incompatible con el precepto cuestionado.
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A juicio de los magistrados, el demandante no expuso verdaderos motivos de inconstitucionalidad y su inexistencia hace imposible llevar a cabo un enjuiciamiento sobre el objeto de control o de su petición. "Dada esa omisión, no hay una razón que justifique el inicio del proceso (recurso) y su tramitación.
En síntesis, el demandante hizo un mal planteamiento jurídico de su petición, lo cual era necesario para que los constitucionalistas pudieran deliberar sobre los fundamentos que sustentaban su inconformidad.
Rechazan demanda contra elección del CNJ
?La Sala también rechazó la demanda que pretendía declarar inconstitucional la elección de los miembros propietarios y suplentes del Consejo Nacional de la Judicatura o “CNJ”, para el período de l 22 de noviembre de 2016 al 21 de noviembre de 2021.
El demandante, adujo que los partidos GANA, FMLN y ARENA se habrían repartido los puestos de los concejales en el CNJ basado en una nota que un medio digital publicó, lo que a él no le merecía un proceso de confianza, transparencia e imparcialidad.
Los magistrados resolvieron que una pretensión de esta índole "requiere un auténtico ejercicio argumentativo de interpretación de disposiciones, más allá de una ligera impresión subjetiva de inconsistencia".
En ese sentido afirmaron que el fundamento legal de la demanda es deficiente y cuando se omite mencionar las disposiciones constitucionales supuestamente violentadas o bien, en un caso extremo, no se expresa cuál es la normativa impugnada.