CSJ obliga a partidos que revelen a sus donantes

La Sala de lo Constitucional da hasta el 31 de diciembre para que se cumpla la sentencia. De lo contrario no se podrán inscribir candidaturas

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Los miembros de la Sala de lo Constitucional ordenaron que se cumpla con su resolución.

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29 September 2016

Los partidos políticos no recibirán el pago de la “deuda política” (ayuda que les da el Estado) si antes no revelan a sus donantes, ordenó la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

“Se ordenó suspender provisionalmente el financiamiento público que reciben los partidos políticos a través del mecanismo de la deuda política a aquellos que no presenten ante el Tribunal Supremo Electoral los listados completos de sus donantes, con detalle del tipo de donación, de las cuantías de cada una de éstas y el destino de dichos fondos”, informó el máximo tribunal en un comunicado.

“La Sala de lo Constitucional ordena suspender provisionalmente, en relación con los futuros eventos electorales desde 2018 y a partir de la notificación de esta resolución, el financiamiento público que reciben los partidos políticos a través del mecanismo de la deuda política de acuerdo con los artículos 52 a 59 de la Ley de Partidos Políticos, a aquellos partidos que no presenten ante el Tribunal Supremo Electoral los listados completos de sus donantes, con detalle del tipo de donación, de las cuantías de cada una de éstas y el destino de dichos fondos”, agrega el Tribunal Constitucional. 

Es tan determinante que manda que los partidos no reciban siquiera el anticipo que les daban tradicionalmente.

La resolución responde a una petición del abogado Eduardo Escobar Castillo, quien llamó al máximo tribunal a adoptar medidas para que se cumpla la sentencia que la misma Sala emitió en 2013, pero que ha  encontrado resistencias entre los políticos.

“Han transcurrido dos años desde el pronunciamiento de la sentencia 43-2013 y un año con 6 meses de la resolución que tuvo por no cumplida la sentencia, y hasta esta fecha la Asamblea Legislativa no cumple con la sentencia ni con la resolución antes mencionada”, denunció el demandante.

La Sala le dio la razón: “La Asamblea Legislativa ha omitido realizar las adecuaciones normativas pertinentes para regular lo relativo al derecho de acceso a la información financiera de los partidos políticos, es decir sobre el origen y destino de los fondos con que los partidos y sus candidatos financian su actividad”.

Escobar fue más allá y pidió que no se permita inscribir candidatos a los partidos que no cumplan con el fallo, pero la Sala dice que posteriormente decidirá al respecto, dependiendo del grado de cumplimiento de la presente orden.

Los partidos deben presentar ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) los listados completos de sus donantes, con detalle del tipo de donación, de las cuantías de cada una de éstas y el destino de dichos fondos.

El TSE deberá verificar que es correcta la información que le entreguen los partidos políticos e informar a la Sala a más tardar el 31 de diciembre del presente año.

La resolución fue firmada el pasado lunes por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González, pero no se divulgó oficialmente hasta ayer.

El magistrado Óscar Armando Pineda Navas formuló su voto particular.