Los 8 puntos que la Sala le manda a cumplir a la Presidencia de la República

La Casa de Gobierno tiene 15 días para revelar los gastos de publicidad y viajes del expresidente Mauricio Funes y Vanda Pignato

descripción de la imagen

Casa Presidencial

Por

01 September 2016

Estos son los ocho puntos que la Sala de lo Constitucional ordena cumplir a Casa Presidencial (Capres) para que publique la lista de viajes internacionales realizados por el exmandatario Mauricio Funes y su exesposa, Vanda Pignato, durante su administración.

En su sentencia también manda a que se revelen los gastos en publicidad de esa temporada.

La resolución de la Sala se da tras la decisión de Capres, quien desde 2013 puso reserva a esa información y esto es lo que ha ordenado el Tribunal Superior.


TE PUEDE INTERESAR: Capres sigue sin encontrar informe de viajes de Funes


1. La Presidencia de la República debe publicar la lista de viajes internacionales realizados con fondos públicos por el Presidente de la República y la Primera Dama, conjunta o separadamente, durante el periodo comprendido que ocuparon sus cargos.

 2. También debe publicar el nombre de los funcionarios y/o empleados que los acompañaron, destino, objetivo, valor del pasaje, viáticos asignados y cualquier otro gasto.
 
3. La Presidencia de la República deberá abstenerse de catalogar como información reservada los datos antes mencionados correspondientes a cualquier periodo presidencial.
  
4. La Asamblea Legislativa deberá exigir al Presidente de la República que, previo a cada viaje fuera del territorio nacional, solicite autorización y ratifique personalmente dicha petición ante ella. 

5. El Presidente debe comunicar a la Asamblea Legislativa, con antelación, su decisión de ausentarse del país y explicitar los motivos de su salida, que podrían ser el cumplimiento de una misión oficial o un viaje de carácter privado. Cualquier misión oficial debe estar justificada, lo cual implica que se debe contar con la información que la respalde. 

6. La Sala pasa el caso a la Corte de Cuentas de la República y a la Fiscalía General de la República, a fin de que se realicen las auditorías e investigaciones correspondientes para determinar posibles responsabilidades administrativas y/o penales de las personas que, de acuerdo con la ley, eran responsables de la generación y resguardo de la información. 

7. La Presidencia de la República también debe publicar los gastos del diseño, producción e implementación de campañas del año 2010 y sus prórrogas, incluyendo los nombres y características de la contraparte, los plazos de cumplimiento y ejecución y la forma de contratación.

8. La Sala le recuerda a la Presidencia de la República que tiene la obligación de prestar su colaboración a otras instituciones estatales, como la Fiscalía General de la República y el Órgano Judicial, por ejemplo, proporcionar la información relativa a logística de seguridad cuando sea requerida para el esclarecimiento de un delito.

LEA LA SENTENCIA DE LA SALA