Diputados logran acuerdo de reforma a ley Telecomunicaciones

Convocarían a plenaria extraordinaria hoy o mañana para aprobar las modificaciones 

descripción de la imagen

Los diputados de ARENA

Por

29 March 2016

Si la Directiva de la Asamblea autoriza realizar una plenaria extraordinaria entre hoy y mañana, los diputados podrán  cumplir con el fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ordenó en 2015 a los legisladores regular la adjudicación de concesiones de frecuencia radioeléctrica y la ampliación de las concesiones de manera automática.

Los diputados de la comisión ad hoc que analizaron durante ocho meses la sentencia de la Sala sobre la asignación de las frecuencias lograron dictaminar por “unanimidad” los mecanismos a seguir para su asignación.

Para ello reformaron el artículo 115 de la Ley General de Telecomunicaciones. Según el decreto aprobado ayer, se agregó el artículo 115-A en donde se establece que “las concesiones para la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión de libre recepción como por suscripción, se adjudicarán mediante proceso  de subasta o concurso público”.

El diputado René Portillo Cuadra, de ARENA, explicó que el mecanismo de subasta será para las empresas privadas y el del concurso público para personas jurídicas sin fines de lucro.

Para darle efectividad a lo anterior incluyeron otro artículo, el 115-B que dice que “se obtendrán por medio de concurso, las concesiones para los servicios de radiodifusión sonora y servicios de radiodifusión de televisión de libre recepción, con cobertura local, solicitadas por personas jurídicas sin fines de lucro”.

En el decreto acordado se lee que “estas personas jurídicas sólo podrán ser titular de una frecuencia, bajo esta modalidad, salvo aquellas que se requieran para realizar enlaces o que sean indispensables para lograr el adecuado  funcionamiento técnico de la frecuencia obtenida en concesión”.

 Añade que las concesiones obtenidas por concurso siempre serán de cobertura local y que no podrán ser transferidas ni comercializadas “ni causarán pago alguno para su obtención”.

También se contempla el artículo 115-C que explica que cualquier interesado podrá pedir a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget) para que convoque a participar de un concurso público para obtener una frecuencia.

Para el contrato de renovación de la concesión el decreto contempla la adición del artículo 115-F en el que se establece las condiciones y obligaciones que el concesionario deberá cumplir.

Este aspecto está regulado en los literales d) e) y f) del artículo 124 así: “d) “Por no apegarse al proyecto de comunicación original aprobado al momento de obtener la concesión por medio de concurso; e) por enajenar por cualquier medio y bajo cualquier título las frecuencias obtenidas en los casos que esta ley lo prohiba; f) Incumplir las condiciones y parámetros de operación concesionados y generales que establezca la Siget”.

En cuanto a los requisitos para la ampliación de la concesión se añadió el artículo 125-A, que dice: “Como requisito para obtener la prórroga de las concesiones, licencias, acuerdos, autorizaciones de radiodifusión para un periodo de veinte años adicionales el concesionario deberá: a) pagar de forma anual y completamente la contribución especial establecida en el artículo 116; b) Utilizar la frecuencia asignada con interrupciones en su uso, por un periodo de nueve meses; c) contar con los respectivos permisos o autorizaciones para la transmisión de los programas”, entre otros.

En tanto que para el procedimiento de la ampliación de las concesiones se estipula que el concesionario deberá presentar la solicitud a la Siget  dentro de los 12 meses previos al vencimiento de la concesión; y que la Siget deberá verificar que no existan pagos pendientes ni resoluciones sancionatorias en firme.

También se introdujo un artículo transitorio para que los concesionarios de libre recepción, otorgados con anterioridad a la sentencia de la Sala continúen vigentes conforme a las condiciones que establece la sentencia de la CSJ.

El camino para cumplir con el fallo de la Sala ha sido espinoso en la Asamblea, incluso ayer mismo la Siget intentó introducir un pliego de reformas que a juicio de Mario Ponce, del PCN; de Karla Hernández y Portillo Cuadra, ambos de ARENA, exceden lo que la CSJ ordenó. Pero la Red por el Derecho a la Comunicación (ReDco) sí apoya esa moción.

Portillo Cuadra: El FMLN quería que se monitoreara programación diaria

Además de impedir el ingreso a los medios de comunicación ayer a la reunión de la comisión especial, el diputado del FMLN, Roger Blandino Nerio, quiso introducir en el decreto acordado para reformar la ley de Telecomunicaciones un elemento que a juicio del diputado René Portillo Cuadra, de ARENA, es una “censura previa” a los medios de comunicación.

Portillo Cuadra afirmó que Nerio propuso incluir un artículo para “monitorear día a día” la programación de los medios de comunicación televisivos y radiales e intervenir en algunos contratos de las empresas de telecomunicaciones, lo cual atentaría en contra de la seguridad jurídica, esgrimió. 

 “A lo cual los tres partidos aparte del FMLN no accedimos, porque es una censura previa que se establece a los medios de comunicación como en Venezuela, gracias a los votos de ARENA, GANA y PCN no se accedió”, acotó.

Al salir del encuentro Nerio dijo no estar muy satisfecho con lo acordado, pues esperaban que la Siget introdujera reformas integrales para hacer cambios sustanciales.

Dijo que las modificaciones eran un “paso de carretón” y que la Siget no introdujo ayer sus propuestas por “los fuertes intereses” que existen en torno a la asignación de las frecuencias radioeléctricas.