El comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Jaime Mauricio Campos Pérez, aparece como afiliado al FMLN en el padrón utilizado en 2004 para las elecciones internas del partido oficial.
El nombre del comisionado figura en la página 27 de dicho padrón, con la dirección de su residencia.
Campos, por su parte, confirmó que se trata de sus datos, pero aseguró que nunca se ha afiliado a ningún partido y que no sabe por qué figura su nombre en el listado oficialista. “No tengo vínculos con ningún partido político”, aseguró. (leer nota aparte).
El funcionario fue nombrado por el entonces presidente Mauricio Funes en febrero de 2013 junto a otros cuatro profesionales, a propuesta de las gremiales empresariales.
Fue la Sala de lo Constitucional la que presionó para integrar el IAIP, que es una especie de tribunal colegiado con potestad de dirimir casos y establecer sanciones cuando funcionarios o entes del Estado violan la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).
Sobre todo, el IAIP debe ser garante de la transparencia de las instituciones y un auxilio clave en la lucha contra la corrupción y el encubrimiento de la misma.
Los comisionados son los que velan por que la información pública sea entregada conforme a la legislación señalada. La LAIP establece que los comisionados tienen entre sus facultades conocer y resolver del procedimiento sancionatorio y dictar sanciones administrativas.
Pero la misma Sala ha establecido que funcionarios que tengan en sus manos facultades jurisdiccionales como los jueces u otros con potestades similares no pueden tener filiación política partidista porque esto compromete la imparcialidad que exige la Carta Magna.
El máximo tribunal ya sentó precedentes al declarar inconstitucionales los nombramientos de funcionarios de la Corte de Cuentas, del Tribunal Supremo Electoral, la Corte Suprema y de la misma Sala por ese motivo.
El primero de ellos fue Andrés Rovira, presidente del partido GANA, quien fue nombrado magistrado de la Corte de Cuentas de la República.
En la misma sentencia también cuestionó el nombramiento de Javier Tránsito Bernal, quien figura en el mismo padrón del FMLN en el que aparece el comisionado del IAIP.
De la misma manera fue declarado inconstitucional el nombramiento de Salomón Padilla como presidente de la Corte Suprema, después que se confirmara su filiación al partido oficial.
Lo que dice la Sala
En la sentencia sobre la Corte de Cuentas, la Sala estimó que al haber una vinculación partidaria “podría significar un obstáculo para la realización de su función (del que ostenta un cargo), ya sea por favorecer a las entidades de sus mismos partidos o por ejercer deficientemente las competencias que se atribuyen”.
Los magistrados recalcaron “la necesidad de independizar a las instituciones estatales de la política partidista, especialmente aquellas que ejercen atribuciones de control”.
El único magistrado que no firmó dicha resolución fue precisamente Padilla, quien reconoció en su momento ser militante del FMLN, pero aseguró que actuaría de forma apolítica. Más adelante, la Sala declaró inconstitucional el nombramiento de Padilla.
La Sala enfocó su lineamientos en instituciones como la misma CSJ, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), entre otras, y agregó que los funcionarios “están llamados a cumplir una función propia”, que además responda a los “intereses generales con objetividad y eficacia”, por lo que es imperativo que no tengan ninguna filiación partidaria, aseguró el máximo tribunal.
“Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de una fracción política determinada. No podrán prevalerse de sus cargos para hacer política partidista”, determinaron.
Precedentes
La Sala declaró inconstitucionales, además, los nombramientos de Salomón Padilla, presidente de la CSJ, de Eugenio Chicas como magistrado presidente del TSE y de Tito Edmundo Zelada como titular del CNJ.
En todos los casos, el argumento de la Sala de lo Constitucional ha sido la vinculación que tenían en ese entonces los funcionarios con el partido de gobierno, excepto en el caso de Andrés Rovira, quien es presidente de GANA.
Todos dijeron que tenían la disposición de acatar el fallo de la Sala, pero en su mayoría adversaron los argumentos del máximo tribunal.
“No comparto los criterios jurídicos y las motivaciones que pueden haber tenido los magistrados en haber determinado la sentencia que han emitido. Pese a no compartir personalmente esos criterios jurídicos, la motivación que puedan tener estos magistrados, sigo firmemente convencido de que todas las sentencias judiciales se cumplen. Y esta no será la excepción”, declaró Chicas luego de conocer la resolución de la Sala.
Del mismo modo, Padilla sostuvo que acataría el fallo de la Sala, pero aseguró que la misma “no está apegada a lo que dice la Constitución; por lo tanto, es inconstitucional”.
En la sentencia contra Padilla, la Sala argumentó que ejercer un cargo en el Órgano Judicial “es incompatible con la participación en política partidista; esto es, pertenecer a cuadros de dirección o ser representante de partidos políticos o realizar actividad proselitista”.
La Sala aseguró que si ya existe incompatibilidad entre la actividad jurídica y los jueces, con “mucha más razón” la hay con los magistrados de la CSJ, en vista de que éstos “revisan en última instancia la legalidad y constitucionalidad de las decisiones emitidas por los aludidos jueces y magistrados de carrera”.
Una parte de las consideraciones de la Sala en sus fallos va dedicada a los diputados, a quienes señala que al elegir a funcionarios “deben hacerlo con criterios de servicio a los intereses generales y con objetividad, idoneidad y eficacia, no con criterios partidarios o particulares”.
Garante de la transparencia
El IAIP, una institución cuya fundación se esperaba que fuera para fomentar la transparencia, fue integrado con varios meses de atraso, luego de que el entonces presidente Funes no tomara una decisión respecto a qué funcionarios nombrar de entre las ternas que le habían sido presentadas.
Funes vetó, en mayo de 2012, las propuestas que le habían presentado los distintos sectores del país para que nombrara a los comisionados; no obstante, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional dicho veto y le ordenó hacer dichos nombramientos.
“El Instituto no se ha formado porque no estoy de acuerdo con las ternas, hay algunos de los propuestos que no llenan los requisitos de idoneidad”, fue el argumento que el expresidente esgrimió para no elegir a los comisionados.
Sin embargo, ante las presiones de distintos sectores, entre ellos el denominado Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública, entre otros, el mandatario tuvo que escoger de entre las ternas presentadas a los nuevos comisionados.
La encargada de afiliaciones del FMLN, Zoila Quijada, aseguró que dicho padrón “ya está desfasado” y aseguró que no podía determinar si las personas que estaban incluidas en él aún permanecen o si eran parte del partido.