A sus 47 años, José Alberto (nombre ficticio para efecto de la historia) desapareció el 25 de septiembre de 2006 en el municipio de San Francisco Chinameca, en el departamento de La Paz.
Nueve años después, su familia aún desconoce de su paradero. Todo este tiempo sus hijos y su esposa no solo han tenido que correr con el sufrimiento de su ausencia, sino también con sus compromisos bancarios (deudas).
José Alberto estaba pagando una casa al Fondo Social para la Vivienda (FSV) y aunque la misma estaba asegurada, la póliza aún no se ha hecho efectiva por falta de la certificación de defunción porque su condición es de desaparecido y no de muerto.
En esas circunstancias, la esposa acudió al FSV a exponer el caso y allá le dijeron que tenía que someterse a un proceso judicial para que luego la alcaldía de San Francisco Chinameca extienda la partida de defunción de José Alberto.
Pero este trámite no es de la noche a la mañana, requiere llenar una serie de requisitos que pueden tardar entre cinco a seis años.
De modo que durante ese tiempo, la familia deberá correr con las obligaciones que dejó el desaparecido hasta que el “seguro de vida” cubra el saldo del deudor.
“Un funcionario del FSV dijo a la señora que mientras no se estableciera que el señor está muerto por medio de una partida de defunción, tiene que pagar mes a mes la cuota de la casa, porque si no el desaparecido caería en mora y podría exponerse al desahucio” (embargo o expulsión del inmueble), explicó la abogada.
Como este caso, 38 familias a nivel nacional realizan el trámite en la Procuraduría General de la República ante la desaparición de una persona que sobre ella pesa un crédito de vivienda o personal.
El mismo trámite se aplica para los casos en que el desaparecido ha dejado bienes por heredar, se requiere de la declaratoria de muerte presunta en un juzgado de lo Civil. En este último caso, no solo hay que contar con una partida de defunción de la persona extraviada, sino que hayan transcurrido de 15 a 20 años de la desaparición, para que el Juzgado de lo Civil declare la “muerte definitiva”, requisito que aplica para la repartición de bienes.
Cinco personas en promedio desaparecen a diario en El Salvador, 56 por ciento de ellas tiene entre 18 y 60 años, según registros de la PNC.
Este es el rango de edades que las instituciones financieras toman como base para ofrecer su portafolio de créditos.
Las autoridades no reflejan cifras o porcentajes de desaparecidos con deudas bancarias, pero por el auge delincuencial, las denuncias de extraviados incluyen a comerciantes, empresarios, motoristas, empleados, ejecutivos y profesionales, quienes podrían tener créditos bancarios.
El fenómeno se agudiza cuando en el país se registran entre 1,500 y 1,800 personas desaparecidas por año, según la Policía.
Entre tanto un informe de la Asociación Bancaria Salvadoreña (Abansa) revela que la banca nacional a diciembre de 2015, había concedido un total de 318 millones de dólares en créditos para consumo, comercio y vivienda.
Algunos de estos préstamos fueron otorgados a personas que ahora engruesan las listas de desaparecidos, lo que ha puesto en aprietos a sus parientes más cercanos.
Los créditos se abonan una vez al mes y cuando no se hace, los bancos empiezan el proceso de cobro, por lo que los parientes no solo tienen que lidiar con la angustia de no hallar a su ser querido, sino con pagar las deudas.
Y es que las desapariciones no son como las muertes, en las que se puede probar el deceso y hacerse efectivo el seguro de vida que respalda la deuda. En estos últimos casos, hay una partida de defunción extendida por la Alcaldía del domicilio y una autopsia del Instituto de Medicina Legal, que no dejan duda que el deudor ha muerto.
Sin embargo, en el caso de los desaparecidos deben hacer varios trámites para probar la “presunta muerte” y así saldar las deudas.
Al ir al banco o al FSV, el familiar debe presentar constancias de nacimiento de los hijos y esposa; constancia de no asentamiento de defunción, certificación de partidas de los hijos y esposa, certificación de partida de defunción de la madre del desaparecido, constancia de Migración y Extranjería, certificación de DUI y NIT del desaparecido, constancia de no ingreso al sistema penitenciario, fotocopia de DUI y NIT de tres testigos, constancia de búsqueda de la administración general de cementerios. Estos documentos se anexan a la diligencia que se realiza ante el Juzgado correspondiente.
Cada banco tiene mecanismos y requisitos propios para iniciar el proceso, expresó un ejecutivo, quien por no estar autorizado, declinó identificarse.
En las agencias le indican al interesado los pasos a seguir y los documentos a presentar.
De no hacer el trámite, la familia del extraviado se verá en problema de cobros, pues en la entidad donde el desparecido tiene la deuda, parecerá que el cliente ha caído en mora.
Se consultó al FSV sobre estos casos y la cantidad de cuentas que presentan esta situación pero al cierre de esta nota, la Oficina de Acceso a la Información Pública resolvió que no tenía ese tipo de información por no ser la entidad idónea.
Como un reflejo de su actividad crediticia, el FSV otorgó 123 mil 142 préstamos por un monto de mil 126.8 millones de dólares al 26 de octubre de 2015, lo que representa un 64.4% de créditos para vivienda, del sistema financiero nacional. El financia compra o construcción de casa nueva o usada, así como remodelaciones, sobre todo a trabajadores que devengan desde dos salarios mínimos.