El laudo arbitral es "inapelable"

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03 marzo 2013

El Gobierno de El Salvador se ha negado a cumplir el laudo arbitral emitido por la Corte de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio, que permite a Enel Green Power considerar como aportaciones de capital sus inversiones en LaGeo. Tal como se acordó en su "joint venture" (un tipo de acuerdo comercial de inversión conjunta a largo plazo entre dos o más personas), cuyo fin era la explotación y desarrollo de energía geotérmica.

Este escenario sin duda, no es un problema entre órganos como el que se acaba de superar. Debido al desacato de la Asamblea Legislativa por el fallo de la Sala de lo Constitucional, que fueron con ínfulas de grandeza hacia la Corte Centroamericana de Justicia, como si se tratase de su hacienda.

El problema es mucho más complejo que eso, ya que lo que está en juego es la responsabilidad y la seriedad con la que El Salvador honra los contratos con inversionistas extranjeros, ya que desde el inicio se pactó que si Enel lograba desarrollar y producir energía geotérmica, tendría la oportunidad de continuar invirtiendo y de esta manera aumentar su participación social en el asocio público-privado.

Cuando finalmente Enel tuvo éxito en la producción de energía geotérmica, el Gobierno no le permitió la inyección de una inversión de $108 millones para continuar la expansión de infraestructura y de producción. Lo cual provocó la desavenencia y se fue al tribunal arbitral para dirimir el conflicto como una vía alterna. No obstante nadie invierte para perder y como buenos empresarios los italianos hicieron la plana correctamente.

Ya que todo acto o contrato responde a la autonomía de la voluntad de las partes y El Salvador siendo miembro de la Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional, debe de respetar esas reglas, ya que es válido el acuerdo de las partes en virtud de la cual se obligan a someter a decisión arbitral las diferencias que pudiesen surgir o que hayan surgido entre ellas con relación a una de carácter mercantil, tal como lo enuncia el Art. 1 de la referida Ley.

De manera que por sanidad y por credibilidad hacia las instancias internacionales, se debe respetar el lauda arbitral, lo cual no significa que se estén doblando las rodillas ante el gran capital ni mucho menos que se esté entregando la soberanía. Simplemente se le está dando cumplimiento a una sentencia, en virtud que no se tuvo la capacidad de realizar un buen negocio desde el inicio.

No obstante si el Gobierno tiene las suficientes pruebas de cómo se realizó el negocio y cuáles fueron los posibles vicios que se cometieron al momento de la adjudicación, debería de trasladarlo a la Fiscalía General de República, para que se persigan enérgicamente a los posibles hechores, que entregaron la explotación de estos recursos naturales, sin resguardar jurídicamente los intereses nacionales.

Si se lograra dar este escenario jurídico, bien se puede incluso buscar la nulidad del contrato entre ENEL-INE, que dio origen a la explotación de esos recursos naturales, por el hecho de que no se siguió el debido proceso para la adjudicación. Pero también es importante investigar cómo se han invertido las utilidades producidas por este asocio.

Mientras lo anterior no se investigue, sólo queda darle cumplimiento al lauda arbitral, de lo contrario corremos el riesgo que nos censure la Organización Mundial del Comercio y los demás organismos internacionales, lo cual traería como consecuencia un veto internacional y consecuentemente un desplome aún mayor de la inversión extranjera.

*Catedrático de la

Universidad Francisco Gavidia.

jaimeramirez_ortega@hotmail.com