Salud debe pagar por error en diseño de Maternidad

Un fallo de la Sala de lo Civil emitido en junio de 2015 reitera que el Estado debe pagar a empresa constructora $1.8 millones

descripción de la imagen

Tuberías rotas en Maternidad

Por

04 March 2016

Las constantes fallas en las tuberías del nuevo hospital de Maternidad son solo una arista de un problema mayor: los posibles errores de diseño de los edificios que albergan al hospital inaugurado antes de que Mauricio Funes finalizara su mandato.


Al menos uno de esos errores queda en evidencia después de que la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia reiterara el fallo de la Cámara Primera de lo Civil Sección Centro de San Salvador en el que se declaró la obligación del Estado de El Salvador, en el Ramo de Salud, de pagar a la constructora INPRO S.A. de C.V. $1,882,484.34 por la obra ejecutada.


Dicha empresa construyó el edificio “A” del nuevo Maternidad y demandó al Estado porque no le quiso pagar lo correspondiente a  1,810.68 metros cúbicos de paredes estructurales construidas que no figuraban en el diseño que el Minsal entregó al contratista.


La denuncia de la empresa contra el Ministerio de Salud llegó primero a la Corte de Cuentas en noviembre de 2013. Ante esta instancia, el demandante argumentó: “El plan de oferta anexo a las bases de licitación estableció que el volumen de obra a ejecutarse en cuanto a paredes estructurales sería igual a 336.24 metros cúbicos, los cuales se pagarían por precios unitarios, es decir por obra realmente ejecutada”.


Sin embargo, al momento de ejecutar la obra resultó necesario construir 2,146.88 metros cúbicos de paredes estructurales.


Lo cual, según el demandante, viola lo establecido en la Lacap. Según esta Ley, se deben determinar con claridad la cantidad de volúmenes de obra necesarios en una construcción. 


Las bases de licitación, añadió en ese momento el demandante, establecieron una cantidad menor de volúmenes de obra “lo cual constituye un engaño al contratista, e implica que no se definió claramente el objeto contractual”.


El informe  final del examen especial de la Dirección de Auditoría cinco de la Corte de Cuentas recomendó  al Ministerio de Salud pagar 2 millones de dólares a INPRO por la  obra realizada y no cancelada.


El 4 de febrero de 2015, la Cámara Primera de lo Civil de la Primera Sección del Centro declaró  la obligación de  Estado de El Salvador en el Ramo de Salud de pagar los 1.8 millones más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios a la constructora. Esto según el expediente 6-ESTADO-2013/4.


El fallo  fue apelado por la Fiscalía General de la República a solicitud del Ramo de Salud.


El 24 de junio de 2015, la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia declaró  sin lugar el recurso de apelación de la FGR y confirmó la sentencia de la Cámara Primero de lo Civil, según el expediente 1-APC-2015.


Pese a la declaración de la Sala de lo Civil, el Minsal aún no ha hecho efectivo el pago.


Según una fuente relacionada con el demandante, esto se debe a que la FGR ha enviado un recurso de casación a la Corte Suprema de Justicia, el cual todavía no ha sido admitido.

 
Otros errores


El caso por el que INPRO demandó al Estado no es el único señalamiento de deficiencias en el diseño del nuevo hospital de Maternidad.


En febrero de 2014, tres meses antes de que el hospital de tercer nivel fuera inaugurado,  este periódico reportó que el Minsal hizo caso omiso de las recomendaciones enviadas por un consultor en abril de 2012: “Este tipo de edificación amerita estar apoyada sobre pilotes empotrados en roca; no obstante, la cimentación propuesta es fundación superficial sobre rellenos artificiales”.


El mismo consultor advirtió sobre el tipo de suelo que sostiene el edificio: “Se puede constatar que este tipo de materiales califica como suelos erodables y colapsables; cuyas características caen rápidamente en detrimento ante la presencia de agua; aparentemente se cuidará que este escenario no se dé, pero no podemos desconocer que este suelo en algún momento puede estar sometido a filtraciones de agua por ruptura de tuberías, filtración de aguas lluvias, aguas subterráneas, etc. y a todo esto con la imposición de la carga de la edificación la cual es importante; entonces, pueden ocurrir asentamientos u otros fenómenos que puedan afectar negativamente las obras.  Nuestra opinión es que no justifica asumir este riesgo. También debo expresarle que este tipo de material, cuando está en presencia de agua, puede alcanzar su estado de colapsabilidad bajo cargas mayores del orden de 2.00 kg/cm2; en este caso, ya sabemos que el diseño considera cargas mayores a este valor”.


En base a esos datos, el consulto recomendó apoyar el edificio “A” sobre pilotes empotrados en roca. 


El constructor pidió tomar en cuenta esa sugerencia, pero los responsables de la construcción por parte del Minsal optaron por otro método: la restitución de suelos.


Uno de los ingenieros consultados sobre esta decisión, quien pidió omitir su nombre por “no querer pelear con nadie”, dijo entonces: “Toda solución tiene un costo beneficio y un riesgo … Toda obra tiene un nivel de riesgo”.


Para comprobar si el constructor realmente pidió no restituir suelos sino usar pilotes empotrados en roca y para comprobar que los responsables del Minsal no aceptaron esa petición, este periódico pidió, en 2014, a través de la OIR copia de la Bitácora de la construcción del hospital.


En ese entonces, la OIR denegó la solicitud argumentando que la obra estaba en proceso de liquidación y que, de surgir desacuerdos, estos serían resueltos en los tribunales correspondientes. Donde la información solicitada podría servir como prueba de cargo y descargo.
Mientras las diferencias entre el constructor y el Minsal  están aún por resolverse, los pacientes y el personal que trabajan ahí enfrentan las consecuencias de las decisiones que constan en esa Bitácora. 


No se sabe si las únicas tuberías rotas hasta este momento han sido las de los techos. Se ignora si en el subsuelo  han habido filtraciones de agua.  Ocurran o no, la advertencia del consultor debió haber sido tomadas en cuenta.