Reforma debería limitar delitos que ameriten un proceso abreviado

Para jueces y legisladores, el problema recae en que no existe una regulación en la legislación y cualquier persona, sea cual sea el delito, puede solicitar un procedimiento abreviado.

descripción de la imagen
Foto EDH: Mauricio Cáceres

Por

23 April 2019

Delitos como lavado de dinero, violación o los que protagonizan funcionarios públicos para perpetrar millonarias defraudaciones al fisco, podrían ser algunas restricciones a incluir en una reforma a la legislación penal, y para los cuales no se pueda solicitar un proceso abreviado, dijo un juez del Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador.

“Debe haber una limitante que diga para qué casos se debe dar el juicio abreviado y para cuales no. Algunos podrían decir que se rompe o atentaría con el principio de igualdad del artículo 3 de la Constitución, pero yo también diría que rompe con el principio de justicia” añadió el juez, que solicitó el anonimato.

En los últimos cinco años, más de 17,000 personas negociaron un proceso abreviado para evitar ir a la cárcel o pasar menos años en prisión tras confesar un delito.

Para jueces y legisladores, el problema recae en que no existe una regulación en la legislación y cualquier persona, sea cual sea el delito, puede solicitar un procedimiento abreviado.

“El proceso abreviado en un país moderno es bueno, siempre y cuando la información este abierta a la sociedad en general, pero un proceso abreviado para ocultar datos, para favorecer delincuentes o esconder datos o acciones es incorrecto”, mencionó el diputado Raúl Beltrán Bonilla.

En muchas ocasiones, en la negociación se cambia la tipificación del delito. Redimir el tipo de delito o cambiarle la tipificación son los dos procesos que se pueden utilizar en un proceso abreviado para reducir la condena, según el abogado Francisco Bertrand Galindo.

Añadió que para establecer restricciones es necesario hacer un proceso de reforma de ley.

Del 2014 hasta abril de este 2019, el sistema de justicia permitió que 17,086 procesados por distintos delitos se sometieran a un procedimiento abreviado, en el que deben confesar sus delitos para recibir penas menores de cárcel o hacer trabajos de utilidad pública, según cifras de la Fiscalía General.

Para este año, en el período del 1 de enero al 7 de abril, los jueces autorizaron 914 procesos abreviados. El Tribunal antes mencionado, sólo en el primer trimestre de este 2019, recibió alrededor de 20 casos.

Dicho proceso judicial alterno está contemplado en los artículos 417 y 418 del Código Procesal Penal.

“El procedimiento está regulado por la ley y parto de que los legisladores, estudiaron la figura jurídica con la intención de no saturar el sistema penitenciario y realmente, me imagino, que por aquellos delitos que no valga la pena someter a un juicio tan largo y por eso la palabra abreviado”, afirma el juez.

“Es un mecanismo que se usa en todos los países para lograr, para tener un testigo criteriado o darle fin a un proceso... Lo que busca es una economía procesal porque la parte buena del mecanismo es que los juicios terminan rápido, hay confesiones de los reos e inmediatamente son condenados”, dice Bertrand Galindo.