La Corte Suprema: discutiendo sobre el sexo de los ángeles

¿Por qué en lugar de estar discutiendo sobre el plazo, la naturaleza del mismo y consecuencias no se toman las decisiones sobre si iniciar o no un proceso de enriquecimiento ilícito?

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18 March 2019

PUESIESQUE… “tá” difícil la lucha contra la corrupción cuando en lugar de actuar nos enredamos en largas disquisiciones sin efectos prácticos o, en todo caso, de contornos muy ambiguos e inciertos, al modo de debates sobre el sexo de los ángeles.

Me explico: cuenta la leyenda que en el Siglo XV, mientras el ejército del Imperio Otomano estaba por invadir Constantinopla (la moderna Estambul, en Turquía), los filósofos, teólogos y políticos de la ciudad estaban enfrascados en una polémica sobre el sexo de querubines, serafines y arcángeles, por lo que la expresión “discutir sobre el sexo de los ángeles” pasó a convertirse en una ironía que nos dice sobre desenfocar el debate de las cosas importantes a temas poco prácticos o hasta estériles.

Y esa es la impresión que me queda al leer el acta de la sesión plenaria de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del pasado 31 de enero, cuando se discutió sobre el plazo para iniciar juicios de enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos, pues la pregunta que inmediatamente surge es: ¿por qué en lugar de estar discutiendo sobre el plazo, la naturaleza del mismo y sus consecuencias, no se toman las necesarias decisiones sobre si iniciar o no un proceso de enriquecimiento ilícito contra un funcionario público en relación a quien se han detectado indicios de prosperidad económica injustificada?

Tengamos en cuenta el contexto: primero, entre julio y noviembre de dos mil dieciocho, la CSJ decidió, sin ninguna justificación, paralizar el análisis y la toma de decisiones sobre las investigaciones de enriquecimiento ilícito; segundo, desde hace cuatro meses ya está plenamente integrada la CSJ, pero hasta inicios de la tercera de marzo de este año no existe ninguna decisión sobre si iniciar o no juicios por enriquecimiento ilícito, así que al menos durante los últimos ocho meses, la CSJ no decide si utilizar, en concreto, una de las herramientas de la lucha contra la corrupción (existen otras vías, como el ámbito penal, que le corresponde a la Fiscalía General), pero sí pasa debatiendo por casi tres horas sobre el plazo de diez años que fija el artículo 240 de la Constitución: que si es prescripción o caducidad, que si lo debe aplicar la CSJ o la Cámara, que si es de naturaleza judicial o administrativa, etc.

No nos engañemos: todos esos temas y muchos más —solo me imagino, entre bastantes, la discusión sobre el momento de inicio del juicio— aparecerán en los concretos procesos de enriquecimiento ilícito que se planteen, así que se no advierte, por ningún lado, la utilidad práctica de discusiones en abstracto durante meses, precisamente mientras se acerca el agotamiento del plazo respecto de ex funcionarios que cesaron funciones el 1 de junio de 2009.

Por ejemplo, si en el próximo partido de la “Selecta” el balón queda a un delantero nacional con el arco contrario en frente, solo con el arquero jamaiquino, todos gritaremos ¡pégale!...no le pediremos que primero piense que si con la pierna izquierda o la derecha, si con la parte interior o exterior del pie…¡que intente el gol!

Por eso, si ya se sabe que uno de los temas en debate será lo relativo al plazo, ¿por qué no iniciar con urgencia los casos que sí proceden en lugar de enfrascarse en debates abstractos?

Quizá este servidor tiene una visión muy práctica del Derecho: procurar la solución de problemas de los ciudadanos a través de medidas éticas, técnicas y efectivas.

P.D.: Como algunas amistades insisten, luego les cuento sobre el kafkiano contenido y práctica del examen para notariado.

Abogado constitucionalista