Vigilantes no pueden intervenir en las mesas electorales

Según el TSE, las mesas electorales tienen la autoridad para resolver los inconvenientes. La función de los vigilantes es la de observar que todo el proceso se haga conforme a ley.

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Foto EDH/ René Quintanilla

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01 February 2019

Este domingo 3 de febrero, día en se realizarán las elecciones presidenciales, quienes deciden si un ciudadano está limitado o no para votar son los miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) y no los vigilantes designados por los partidos políticos.

Las mesas electorales son los pequeños “tribunalitos”, como los ha calificado el magistrado del TSE, Miguel Ángel Cardoza, es decir, la primera instancia con la autoridad absoluta para resolver los inconvenientes que se susciten durante la jornada electoral.

Es competencia de los miembros de las mesas electorales verificar el cumplimiento de los requisitos legales de las personas para poder votar en las urnas.

 

Cabe recordar que de acuerdo a la Ley de Partidos Políticos, los miembros de mesa tienen que ser personas que no están afiliadas a ningún instituto político.

En cambio los vigilantes podrán señalar, observar, pero no tomar decisión por encima de lo que decidan los miembros de mesas electorales.

“Los vigilantes están simplemente para cumplir el rol, que es de estar vigilando por sus partidos, viendo que cumplan la normativa, pero la JRV es la autoridad en cada centro de votación”, afirmó la magistrada del Tribunal Electoral, Sonia Clementina Liévano.

Cada institución involucrada en el proceso electoral tiene sus funciones específicas, por ejemplo, la Fiscalía, la Policía, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, el TSE, entre otras entidades, agregó la funcionaria.

Así los vigilantes propietarios y suplentes de los partidos políticos no pueden coartar la libertad a ejercer el sufragio a un ciudadano.

“Los miembros de mesa tienen instrucciones a través de las capacitaciones que su deber es permitir el ejercicio del sufragio y que solamente por algunas limitaciones de carácter legal se lo van a imposibilitar”, abonó el magistrado Cardoza.

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Para el caso, Cardoza manifestó que el instructivo aprobado por el TSE ya las definió, que son: no presentar el DUI vigente, que la foto no sea la misma de la persona que se presenta con el carné de identidad, salvo algunos casos de personas trans, que ya existe regulación también para observar que los rasgos sean los mismos que el de la foto, para permitirles el voto.

Un impedimento legal sería que la dirección no coincida con la registrado en el padrón electoral. (Ver más detalles en página aparte).

Cardoza explicó que a diferencia de elecciones anteriores, desde el año pasado se ha dado una renovación masiva de DUI, por lo que algunos datos de los ciudadanos en sus documentos habrán variado, y en esto es que podrían ocurrir discrepancias, que al calor del evento electoral podrían incluso generar algunos roces entre los vigilantes.

“Generalmente en las anteriores elecciones, antes teníamos decretos (aprobados por la Asamblea Legislativa) que daban prórroga a la vigencia del DUI, por lo tanto, pudieron haber cambiado algunos datos (por la renovación masiva de documentos de identidad)”, mencionó Cardoza.

Por esa razón es que los magistrados del TSE insistieron en que los únicos facultados para resolver cualquier impasse son los miembros de las JRV.

Los magistrados en mención, así como el magistrado Fernando Argüello Téllez, brindaron todos estos detalles en una entrevista en exclusiva para El Diario de Hoy, desde el Centro Nacional de Procesamiento de Resultados Electorales, instalado en la Feria Internacional.

Instrucciones en JRV

El magistrado Fernando Argüello Téllez, manifestó que han tratado de aclarar todos los inconvenientes o malos entendidos que algunos capacitadores de miembros de Juntas Receptoras de Votos pudieran haber tenido en las instrucciones que están brindando a los miembros de mesas electorales.

Esto, a raíz de que “han habido voces de posiblemente gente interesada en algún tipo de anulación que puede decir lo contrario o confusiones que se podrían haber dado”, aclaró Argüello Téllez.

Mientras que la magistrada Liévano admitió que tuvieron conocimiento de un caso en particular, de un capacitador que estaba brindando directrices distintas a las que ha autorizado el TSE en el manual que ha sido distribuido en todos los paquetes electorales que serán utilizados el 3 de febrero.

“Se nos ha comentado un caso específico y se nos ha llamado para decir quién es el capacitador para ver de qué se trata y evitar en lo posible que se sigan dando ese tipo de confusiones, nosotros sí tenemos un solo criterio en cada tipo de situación”, subrayó Liévano.

Agregó que es posible que algún capacitador haya dado una instrucción diferente a la que el Tribunal ha ordenado brindar durante las jornadas de capacitación, pero que están dando seguimiento a todos esos casos para hacer las aclaraciones.