TSE sancionará a quienes muestren papeleta con su voto

El magistrado Miguel Fernando Argüello aseguró que por esa acción el Código Electoral establece multas.

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06 January 2019

Todo ciudadano que acuda a votar el próximo 3 de febrero durante las elecciones presidenciales, ya sea en el país como en el exterior, y que muestre marcada su papeleta, será objeto de un proceso sancionatorio que conllevará a multas, aseguró el magistrado del Tribunal Suprema Electoral (TSE), Fernado Argüello.

Explicó que para el día de las elecciones el TSE establece los mecanismos para proteger la secretividad del voto para que sea libre, igualitario y secreto, como lo estable la Constitución de la República en su artículo 78.

“El TSE realiza acciones tendentes a hacer respetar esa secretividad. Al igual que el secreto del voto, la Constitución por derivación protege nuestros datos personales relacionados con preferencias partidarias, considerándolo un dato especialmente protegido”, explicó Argüello.

El funcionario ilustró, además, la importancia de mantener la secretividad del sufragio y dice que “tanto la política como el fútbol desatan pasiones que en algunas ocasiones pueden desencadenar en hechos que lamentar. Hemos podido escuchar aquí, como en otras partes del mundo, cómo empleados del sector público, por pertenecer a un partido que no sea el de gobierno, son objeto de acoso laboral, despidos, limitaciones a ascensos, entre otras cosas”.

Incluso, en casos más complejos, se pueden dar persecuciones políticas y hasta encarcelamientos, indicó.

Según el magistrado Argüello, el fenómeno de las redes sociales aun oculta alcances desconocidos, por lo que mostrar el voto podría traer otras consecuencias.

Agregó que la información compartida en redes sociales siempre queda guardada en lo que se llama “nube” y en el momento menos indicado puede ser usada en contra de quien ha compartido su voto.

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“Imaginemos que usted queda desencantado con el partido político al cual apoyaba y ahora el partido de su preferencia es otro. Solo recordemos que la nube de internet tiene memoria de larga duración. Si usted quiere optar a un cargo público o integrar un organismo electoral temporal, sus detractores pueden ocupar esa información”, insistió

La regulación y protección en la legislación está garantizada, dice el magistrado, porque buscan proteger al votante.

De asa forma, indicó, si algún candidato, partido político o un amigo le piden al ciudadano al derecho del sufragio “yo le recomendaría que se lo piense dos veces”.

Argüello explicó el secreto del voto no es un derecho irrenunciable, como lo es en el caso de derechos laborales, por lo que enfatizó que “quien renuncie a ese derecho podría atenerse a eventuales consecuencias”.

Asimismo, recordó que el artículo 175 del Código Electoral establece la prohibición, incluyendo a los ciudadanos, realizar propaganda durante los tres días antes de la elección y durante la misma.

Si se logra individualizar al ciudadano que muestre su papeleta, el voto no será anulado, pero sí sujeto a un proceso sancionatorio que implica multas.